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Reglamento de pesca deportiva continental patagónico

para el Río Santa Cruz.

 

Apertura 01/12/05. Cierre 31/05/06. Permitida la pesca en toda su extensión utilizando únicamente un solo anzuelo Simple sin rebaba. Ld: 1 ejemplar. Total por temporada en todas las modalidades: 5 (ver anexo Santa Cruz). Zonas de devolución obligatoria: margen Norte aguas abajo desde el puente de la rn 03 y en margen sur aguas arriba del puente de la rn 03 e islas. Prohibido el uso de carnada natural y Trolling. Todo aquel que transportase truchas arco Iris en cualquier tipo de embarcación será pasible de la sanción correspondiente.

 

Anexo Provincia de Santa Cruz.

 

1. Autoridad de aplicación

La autoridad de aplicación de este reglamento es la subsecretaria de pesca y actividades portuarias y su cumplimiento es fiscalizado por la dirección de pesca continental y el cuerpo de guardapescas y las instituciones que han firmado convenio con ésta. Las infracciones al presente reglamento serán sancionadas de acuerdo con lo establecido en la ley provincial 1464 y su decreto reglamentario nº 195.

 

2. Temporada de pesca

En la provincia del santa cruz, la fecha de apertura es el 01.11.05 en lagos, lagunas, ríos y arroyos. La fecha de cierre es el 01.05.06. Las excepciones se encuentran en el listado alfabético - parte tercera.

 

3. Modalidades de pesca, equipos y señuelos

Las modalidades de pesca, equipos y señuelos son los mismos que en el reglamento general. Las excepciones se encuentran en el listado alfabético - parte tercera.

 

4. Otras recomendaciones importantes

1. Pesca deportiva: entiéndase como pesca deportiva el arte lícito y recreativo de apropiar y aprehender especimenes de la fauna íctica con medios debidamente autorizados sin fines de lucro y en los lugares habilitados al efecto (articulo 1º decreto 195.83)

2. La licencia de pesca deportiva será personal e intransferible y deberá ser portada en forma visible en el ejercicio de la actividad y caducará automáticamente, al vencer el periodo por el cual fue extendida o al declararse la veda por parte de la autoridad de aplicación (articulo 6º decreto 195.83)

3. con el fin de prevenir depredaciones y crear una conciencia y educación turística, los pescadores deportivos evitarán (articulo 25¼ decreto 195.83): llevar perros y portar armas de fuego en las excursiones de pesca. Dejar residuos en los lugares que se utilizan para acampar. Modificar y/o causar deterioros en las instalaciones e infraestructura de los campos de orden privado o estatal.

4. Prohíbase la comercialización de la materia íctica extraída por los pescadores deportivos habilitados. (articulo 27º decreto 195.83) 

5. En las lagunas, lagos y ríos o tramos de éstos que se utilicen embarcaciones, sólo podrán utilizarse, en relación con la pesca, para el desplazamiento de los pescadores, debiendo estos descender de las mismas para pescar. Todas las embarcaciones usadas con fines de pesca deben cumplir los requisitos exigidos por la prefectura naval Argentina.

 

cuerpo de guardias de pesca y recolección

Santa cruz cuenta con un cuerpo de guardapescas encargados de velar por el cumplimiento de las normas vigentes para la pesca deportiva y asistencia al pescador. Ante la verificación de violaciones a las normas vigentes, los inspectores deberán labrar un acta y secuestrar preventivamente los elementos involucrados en la infracción. Por ello, al adquirir la licencia de pesca deportiva, el pescador admite conocer la totalidad de la legislación y reglamentaciones vigentes en materia de pesca deportiva, y se compromete a portar en todo momento, documentación que acredite su identidad.

 

convenios

La provincia de santa cruz tiene en vigencia convenios con policía provincial, prefectura naval argentina y gendarmería nacional por el cual éstos tienen la facultad para efectuar controles de pesca y proceder de acuerdo a las leyes vigentes en materia de pesca deportiva.

 

Encuestas

Se solicita a los pescadores deportivos completar las encuestas que les serán entregadas, las que contribuirán a mejorar el manejo de las áreas de pesca.

 

Para asistencia en temas de pesca deportiva y para cualquier tipo de denuncias

Dirección pesca continental lunes a viernes en horario administrativo. Teléfonos: + 54 - 2966 - 429462- 434635 dirección postal: avellaneda 801 - z 9400 esq - río gallegos

 

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